Paso 7 de 7 · Declaración de renta

Declaración de renta para independientes (año gravable 2025)

Actualizado el 15 de oct de 2026 · Norma de referencia: Estatuto Tributario art. 592, 593, 594-3, 206 num. 10, 336, 641; Decreto 2229 de 2023 (calendario); Resolución DIAN UVT 2025.

Respuesta directa

Te toca declarar renta por el año 2025 si en ese año tus ingresos brutos fueron de $69.718.600 o más (1.400 UVT), tu patrimonio a 31 de diciembre fue de $224.095.500 o más (4.500 UVT), o tus consumos con tarjeta, compras o consignaciones superaron 1.400 UVT. Basta con cumplir uno. Las fechas van de agosto a octubre de 2026 según los dos últimos dígitos del NIT.

¿Me toca declarar? Topes del año gravable 2025

También declaras si eres responsable de IVA. Un independiente que cobra $6.000.000 al mes supera el tope de ingresos.

CriterioTope en UVTValor (UVT 2025 = $49.799)
Ingresos brutos1.400$69.718.600
Patrimonio bruto a 31 de diciembre4.500$224.095.500
Consumos con tarjeta de crédito1.400$69.718.600
Compras y consumos totales1.400$69.718.600
Consignaciones, depósitos o inversiones1.400$69.718.600

Costos y gastos reales vs. 25 % de renta exenta

Los independientes pueden elegir: (a) restar los costos y gastos reales de su actividad (con soportes), o (b) no restar costos y tomar la renta exenta del 25 % sobre los ingresos netos. En general, si tus costos son menores al 25 % de tus ingresos, conviene el 25 % exento; si son mayores, conviene restar costos. Hay límites: la renta exenta del 25 % tiene tope anual (790 UVT) y las rentas exentas y deducciones en conjunto no pueden superar el 40 % del ingreso neto ni 1.340 UVT.

Esta decisión vale la pena hacerla con un contador o una plataforma de renta, pero tú llegas con los números listos.

Documentos que necesitas

  • RUT actualizado y firma electrónica.
  • Certificados de ingresos y retenciones de cada cliente.
  • Certificado de aportes a seguridad social del año (lo descargas del operador PILA).
  • Extractos bancarios a 31 de diciembre y certificados de cuentas, CDT e inversiones.
  • Soportes de gastos si vas a restar costos.
  • Certificados de pagos a AFC, pensiones voluntarias, medicina prepagada e intereses de vivienda, si aplica.
  • Declaración del año anterior, si la presentaste.

La declaración sugerida de la DIAN

La DIAN prepara una declaración con la información que le reportaron terceros. Revísala antes de aceptarla: suele no incluir tus costos, tu 25 % exento ni todas tus retenciones, y puede duplicar ingresos. Aceptarla sin revisar puede hacerte pagar de más.

Qué pasa si no declaro o declaro tarde

La sanción por extemporaneidad es del 5 % del impuesto a cargo por cada mes o fracción de retraso (mínimo 10 UVT), más intereses. Si no hay impuesto a cargo, la sanción se calcula sobre ingresos o patrimonio. Siempre es mejor declarar tarde que no declarar.

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Preguntas frecuentes

Si me toca declarar, ¿seguro tengo que pagar?

No. Declarar y pagar son cosas distintas. Muchos independientes declaran y su saldo es cero o a favor gracias a las retenciones.

¿Cuánto cuesta que me hagan la declaración?

Un contador independiente cobra entre $150.000 y $400.000 para una declaración sencilla; plataformas como Tributi tienen planes desde unos $99.000. Con el paquete de renta de Cuenta Clara llegas con todo organizado y pagas menos.

¿Las retenciones que me hicieron se pierden si no declaro?

Si no estás obligado a declarar, puedes declarar voluntariamente para recuperar las retenciones (si el saldo te queda a favor).

Contenido informativo. No reemplaza asesoría contable, tributaria ni legal. Verifica siempre con la fuente oficial.

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