Retención en la fuente por honorarios: por qué te descuentan el 10 % y cómo recuperarlo
6 min de lectura · Publicado el 19 de oct de 2026
Te pagan $3.000.000 y te llegan $2.700.000. No es un cobro: es un anticipo de tu impuesto de renta que tienes derecho a recuperar, y en muchos casos ni siquiera deberían aplicártelo así.
Qué es y quién te la hace
La retención en la fuente es un mecanismo para que el Estado cobre el impuesto de renta por adelantado: la empresa que te paga retiene un porcentaje y se lo entrega a la DIAN a tu nombre. Solo la hacen los agentes retenedores: empresas, entidades públicas y personas naturales comerciantes con ingresos altos. Si tu cliente es un particular o una persona natural pequeña, no te retiene nada.
En honorarios (servicios donde pesa el conocimiento: consultoría, diseño, desarrollo, asesoría) la tarifa es 10 % si no eres declarante de renta y 11 % si lo eres o si tus contratos del año superan 3.300 UVT. No hay base mínima: se retiene desde el primer peso. En servicios generales (técnicos, mantenimiento) es 6 % o 4 %, con base mínima de 4 UVT ($209.496 en 2026).
La tabla del artículo 383: el procedimiento que casi nadie te aplica
Desde 2019, si eres persona natural, cobras honorarios y no tienes dos o más trabajadores a tu cargo, la norma dice que tu retención se calcula con la tabla progresiva del artículo 383 del Estatuto Tributario, la misma de los asalariados, y no con el 10 % plano. Esa tabla primero resta tus aportes obligatorios a salud y pensión y el 25 % de renta exenta, y solo grava lo que supere 95 UVT ($4.975.530) al mes.
Resultado: con honorarios de $3.000.000 o $4.000.000 mensuales, la retención por tabla es cero. Con $6.000.000 es de unos $50.000 en vez de $600.000. Para que te la apliquen debes informarle por escrito al pagador, cada año, que no tienes dos o más empleados. Muchas empresas prefieren el 10 % por simplicidad; con la norma en la mano suelen ceder. Puedes comparar los dos métodos en la calculadora de retención.
Cómo recuperar lo que te retuvieron
Un independiente con $40.000.000 de honorarios al año y 10 % de retención tiene $4.000.000 retenidos. Su impuesto, después de las deducciones de independiente, suele ser mucho menor o cero. Esa diferencia es suya, pero solo la ve quien declara.
- Pide a cada cliente el certificado de retenciones del año (lo deben expedir antes de abril del año siguiente).
- Presenta la declaración de renta, estés o no obligado. Si no estás obligado, declaras voluntariamente.
- En la declaración, las retenciones se restan del impuesto a pagar. Si retuvieron más de lo que debes, queda un saldo a favor.
- Solicita la devolución del saldo a favor ante la DIAN (o imputa el saldo a la declaración del año siguiente, que es más rápido).
Llévalo registrado desde el primer pago
Lo que hace que la gente pierda ese dinero es no saber cuánto le retuvieron ni tener los certificados. Si registras cada pago con su retención en Cuenta Clara (al marcar una cuenta de cobro como pagada se guarda automáticamente), en marzo tienes el total y la lista de clientes a los que pedirles certificado. Mira si debes declarar con ¿Me toca declarar renta?.
Herramientas para esto
Preguntas frecuentes
¿Puedo negarme a que me retengan?
No, si el pagador es agente retenedor está obligado. Lo que sí puedes pedir es que apliquen el procedimiento del artículo 383 si cumples los requisitos.
¿Si no declaro renta pierdo la retención?
Sí, en la práctica. La única forma de recuperarla es declarando, aunque no estés obligado. Tienes hasta cinco años para presentar declaraciones voluntarias de años anteriores.
¿Me conviene ser declarante para pagar el 11 % en vez del 10 %?
La tarifa sube un punto, pero ser declarante no es una elección: depende de tus ingresos y patrimonio. Lo que conviene es declarar, porque es lo que te devuelve lo retenido.
Norma de referencia: Estatuto Tributario art. 383, 392 y 401; Decreto 1625 de 2016 art. 1.2.4.1.6, 1.2.4.3.1 y 1.2.4.4.14; Resolución UVT 2026 de la DIAN.
Contenido informativo. No reemplaza asesoría contable, tributaria ni legal. Verifica siempre con la fuente oficial.
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